La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) reiteró este miércoles que las plataformas de transporte como Uber, DiDi y Cabify no cuentan con autorización para operar en los más de 70 aeropuertos del país, contradiciendo las declaraciones de la empresa estadounidense tras obtener una suspensión judicial.
La aclaración llega después de que el pasado 27 de octubre, la jueza Blanca Alicia Ochoa Hernández del Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Administrativa concediera a Uber una suspensión definitiva que prohíbe a la Guardia Nacional detener a conductores que realicen viajes en aeropuertos.
Confusión legal sobre el alcance del amparo
La SICT explicó que la resolución judicial únicamente ordena que los operativos de la Guardia Nacional «se realicen conforme a la normatividad establecida en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, evitando que estos sean arbitrarios y discriminatorios», pero esto «no implica una autorización para la prestación de estos servicios».
Juan Pablo Eiroa, director general de Uber México, había declarado el miércoles que la suspensión definitiva permitiría a sus conductores «dejar o recoger pasajeros» en aeropuertos sin riesgo de detención. Sin embargo, la dependencia federal contradijo esta interpretación, insistiendo en que los servicios de aplicaciones «no cuentan con autorización expedida por la Secretaría».
La Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF) recordó a los usuarios que pueden utilizar únicamente «los servicios autorizados de taxis en los aeropuertos, servicios turísticos y autobuses autorizados hacia puntos específicos».
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